Una reciente sentencia declara desmesurada la cláusula recogida en la mayor parte de las hipotecas en las que se afecta a el cliente del servicio el abono de LOS GASTOS DEL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA Y ACTOS PREPARATORIOS y GASTOS JUDICIALES. Pudiéndose reclamar la devolución gastos de hipoteca de las clausulas suelo.
El paso inicial es asistir al defensor del usuario de la entidad pertinente, ya antes de decantarse por la vía judicial. Por otro lado, ciertos bancos como Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Santander, CaxiaBank, Banco Sabadell, Bankia y también Ibercaja ya habrían cambiado sus cláusulas para aceptar una parte de estos gastos, si bien aún no lo han comunicado oficialmente.
La sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declaró exagerada la cláusula en la que el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria impone al prestatario el pago de todos y cada uno de los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario, y cuyo texto es el siguiente:
“Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos y cada uno de los tributos, comisiones y gastos causados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o bien cualquier cambio que suponga perturbación de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo del mismo modo a su cargo las primas y demás gastos pertinentes al seguro de daños, que la parte prestataria se fuerza a tener vigente”.

¿Cuánto puede recobrar un hipotecado que reclame las dos cláusulas?

Conforme HelpMyCash.com el importe superaría a lo que equivale amortizar un año de hipoteca. Por poner un ejemplo, un consumidor con una hipoteca media de 140.000 euros firmada en 2006, con un interés de euríbor al 2,3 por ciento (en el primer mes del año de 2016) + 1 por ciento , un plazo de 30 años y un suelo del 3,5 por ciento , si demanda la devolución del suelo hipotecario y los gastos de formalización de la hipoteca puede llegar a recobrar hasta 13.000 euros. Específicamente, 10.000 euros por su cláusula suelo y 3.000 euros por los gastos de apertura de la hipoteca. Amortizar esta hipoteca por año con este interés costaría 8.000 euros.
Estos son los pasos para demandar, conforme señalan fuentes jurídicas:

  1. Lo primero es demandar al servicio de atención al usuario o bien al defensor del cliente del servicio. Con la contestación negativa sobre el tapete, en el caso de que de este modo sea, o bien sin contestación a los un par de meses de su presentación, el próximo paso ha de ser el judicial.
  2. La demanda frente a los juzgados, en la que se pide la nulidad de la cláusula que fuerza al cliente del servicio al abono de todos y cada uno de los gastos derivados de la constitución de la hipoteca y la devolución de estos, debe presentarse con toda la documentación de las facturas de apreciaría y Registro de la Propiedad y asimismo de la gestoría si la escogió el banco.
  3. La OCU cuenta ya con unas 20.000 personas que se han interesado en el procedimiento para demandar y desde la asociación, responsable de la sentencia del Supremo puesto que fue la que empezó las acciones judiciales, preparan reclamaciones multiindividuales para recobrar el dinero. No es posible una acción colectiva, pues cada caso tiene sus peculiaridades.
  4. El costo de la reclamación mediante la OCU es de 125 euros en término de gastos de letrado, otros 75 por el costo de procurador –en los dos casos más el Impuesto sobre el Valor Añadido pertinente del 21 por ciento – y, en el caso de ganarse, el 20 por ciento de la cantidad recuperada. Este coste incluye los costos de las ocasionales apelaciones si estas son precisas.
  5. Desde la asociación explican que las primeras acciones empezarán en el plazo de un mes y requieren al reclamante los próximos documentos: la escritura de la hipoteca, el justificante de haber pagado los actos jurídicos documentados y exactamente las mismas pruebas de los abonos de notario y del Registro de la Propiedad.
  6. La OCU asimismo pide el papel que prueba el pago de la gestoría, si la escogió el banco, y explican que, en el caso de no contar con de toda la documentación, pueden pedirse duplicados a la entidad o bien, en el caso de la factura del impuesto de actos jurídicos documentados, a la Hacienda. Todos esos documentos van a deber escaneados para la puesta en marcha la reclamación frente al juzgado mercantil pertinente.

Jurisprudencia y plazos

El Tribunal Supremo consideró nulas las cláusulas sobre gastos de formalización de hipotecas en su sentencia del 23 de diciembre del año 2015 (por considerarlas exageradas), responsabilizando al banco de exactamente los mismos puesto que solo le favorecen a él. Aunque el fallo hace referencia concreta a las hipotecas del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, la verdad es que en la práctica todas y cada una de las entidades cuentan con cláusulas afines. Y en todas y cada una se pueden pedir la nulidad.
Todos estos clientes del servicio contrataron una hipoteca y pagaron los gastos de formalización como algo natural, sin saber que no les correspondía hacerlo. Muchos, además de esto, han estado pagando de más (o bien prosiguen haciéndolo) sin ser siendo conscientes de que el banco está vulnerando sus derechos como consumidor al aplicarles la cláusula suelo.

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3 Comentarios
  • […] En efecto los gastos notariales y aquellos derivados de la contratación de la hipoteca, también se pueden reclamar, es decir no sólo podemos reclamar las cantidades referentes a lo pagado demás con nuestra claúsula suelo, sino que si el banco nos hizo correr con los gastos de poner la hipoteca en firma, también se les puede reclamar, más información sobre ello pinchado aquí. […]

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  • Post por Joan 19 enero, 2018 at 12:14 pm

    Buen análisis.

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  • Post por Donato Sánchez campoy 18 abril, 2018 at 3:02 pm

    Tengo problemas con mi banco referente a la hipoteca mi teléfono 629769074

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