En está entrada encontrará información sobre como actúa un abogado matrimonialista en Benidorm, Alicante y a nivel nacional y sepa cuáles son los pasos a dar en estos casos y as diferentes formas de proceder, recuerde que puede contactar con nosotros por teléfono o realizar una consulta online.

Mediante la separación los cónyuges deciden poner fin a su convivencia e iniciar vidas separadas e independientes.

La separación conyugal no rompe el vínculo matrimonial, lo que tan sólo sucede por fallecimiento, declaración de fallecimiento o divorcio.

Si Ud. desea poner fin a su convivencia, puede optar por dos fórmulas: La separación de hecho o la vía judicial y dentro de ésta, de  mutuo acuerdo o de forma contenciosa.

Dada la importancia de las cuestiones que se tratan a continuación, resulta imprescindible que, antes de actuar, obtenga el consejo de un abogado con la adecuada preparación y experiencia.

La separación de Hecho: Gestionada por Abogados.

Abogado Divorcio Benidorm

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Se produce por acuerdo entre ambos cónyuges o por decisión de uno solo de ellos, por ejemplo, abandonando el domicilio familiar.El principal inconveniente de este tipo de separación es que las partes no suelen liquidar el régimen económico matrimonial, por lo que es más que probable que surjan problemas como, por ejemplo, que las deudas que contraiga uno de los cónyuges afecten a los bienes gananciales que pertenecen a ambos.

Otro de los problemas que conlleva este tipo de rupturas matrimoniales es que el cónyuge que decide marcharse del domicilio familiar puede incurrir en un delito de abandono de familia.

Si usted desea separarse, es aconsejable que tramite un procedimiento de separación judicial (preferiblemente de mutuo acuerdo) o, en su defecto, acuda a un Notario, y haga constar por escrito con su cónyuge cómo se van a desarrollar sus relaciones patrimoniales y concernientes a sus hijos a partir de ese momento.

Un abogado le ayudará a realizar estos trámites de la forma más conveniente para ambas partes.

Este documento servirá además para acreditar que ha transcurrido el tiempo legalmente exigible para, en su caso, instar el procedimiento judicial de divorcio.

La separación Judicial:

Puede tramitarse de dos formas:

Divorcio de mutuo acuerdo:

Para que los cónyuges puedan separarse judicialmente de mutuo acuerdo es necesario que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio y que se aporte junto a la demanda de separación un convenio regulador, en el que los cónyuges deberán alcanzar un acuerdo sobre la guardia y custodia de los hijos, el régimen de visitas, las pensiones alimenticias y compensatoria, si procede, el uso de la vivienda familiar, etc.

No es preciso que se alegue ninguna causa sino que basta que ambos cónyuges manifiesten su conformidad de poner fin a su convivencia matrimonial.

El procedimiento judicial es sencillo, rápido, breve y si comparecen ambos esposos bajo la misma representación y defensa procesales (abogado y procurador), relativamente barato.

Además, es el procedimiento de menor coste moral para las partes, dadas las circunstancias personales que se dirimen en los mismos: En la mayor parte de los casos, la relación futura entre las partes y entre éstas y sus hijos dependerá del modo en el que se haya tramitado el procedimiento de separación, por lo que todos los esfuerzos para alcanzar un acuerdo serán pocos.

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Divorcio en Benidorm sin acuerdos. CONTENCIOSA:

En el procedimiento de separación contenciosa y dado que las partes no son capaces de alcanzar ningún acuerdo, junto a la demanda de separación en el procedimiento contencioso no se acompaña ningún convenio regulador, sino que los términos que debería comprender éste (guardia y custodia de los hijos, régimen de visitas, pensiones, uso de la vivienda familiar, etc.) son acordados por el juez tras la valoración de las pruebas practicadas en el juicio.

Desde la modificación operada en julio de 2005 no es necesario que se alegue alguna causa (como anteriormente lo eran los malos tratos, el abandono del hogar, la infidelidad, el alcoholismo, etc-) bastando para promover el procedimiento que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

No será necesario que haya transcurrido este plazo cuando se acredite que existe un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge que solicita la separación, de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

El procedimiento puede resultar largo, complejo y con un importante coste no sólo económico sino también moral para ambas partes.

Dependiendo de las circunstancias del caso, es posible tramitar con carácter previo o simultáneo al procedimiento de separación, las llamadas medidas provisionales destinadas a regular la situación patrimonial entre los cónyuges (cargas del matrimonio) y fundamentalmente respecto a los hijos (atribución de la guardia y custodia, régimen de visitas y comunicacionespensión de alimentos, etc.) mientras se desarrolla el procedimiento de separación y hasta su conclusión.
No debe olvidarse que, si las partes consiguen llegar a un acuerdo durante la tramitación del procedimiento de separación contenciosa, podrán convertir éste de inmediato en un procedimiento de separación de mutuo acuerdo, para lo cual será imprescindible que elaboren y firmen un convenio regulador.

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¿Qué debe contener un convenio regulador del divorcio?.

Lo primero que tenemos que saber es: ¿de qué estamos hablando cuando hablamos de convenio regulador del divorcio?. Se trata de un acuerdo bilateral de los cónyuges en el que expresan libremente su voluntad de poner fin a la convivencia matrimonial (si es separación) o al matrimonio (si es divorcio), mediante el cual se regulan todas las consecuencias jurídicas del mismo, como por ejemplo la patria potestad y la guardia y custodia de los hijos menores. Para ello es muy importante el asesoramiento de una abogado matrimonialista en benidorm

Que pactos contiene un convenio regulador:

  • Patria potestad y guardia y custodia.
  • Pensión de alimentos en favor de uno de los cónyuges.
  • Gastos extraordinarios.
  • Pensión compensatoria si procede.
  • Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar.
  • Adjudicación de los bienes y cargas del matrimonio, (vivienda, hipoteca, cuentas bancarias, vehículos…).

Una vez sea firmado el convenio por ambos cónyuges, se presenta al Juez junto con la demanda de separación o divorcio. Si el Juez observa que el convenio regulador es justo para ambos cónyuges y para sus hijos, cita a los esposos para ratificarse sobre el mismo. Posteriormente dicta sentencia en un periodo breve de tiempo.

El convenio regulador cesará en sus efectos:

  1. Por reconciliación de los cónyuges.
  2. Por muerte de uno de ellos.
  3. Por resolución judicial que lo modifica o lo extingue.

divorcios en benidorm¿Se puede modificar el convenio regulador? .

El convenio regulador es irrevocable para las partes, pero el art. 90 CC dispone que se pueda modificar si hay alteración sustancial de las circunstancias. En dicho caso, el juez de oficio, a instancia de las partes cuando propongan un nuevo acuerdo, o a instancia del ministerio fiscal cuando el interés del menor esté en juego, puede modificar el contenido del convenio.

¿Qué sucede si alguna parte incumple el convenio regulador? .

En el caso de que tras la sentencia declarativa de separación o divorcio uno de los cónyuges o los dos no cumpla lo establecido en el convenio, se puede iniciar el proceso ejecutivo para forzarles a hacerlo. Este proceso se inicia a instancia de parte (en el caso de que una parte incumpla, la otra puede pedir la ejecución) o a instancia del ministerio fiscal si es necesario para proteger a los hijos menores (si uno de los cónyuges no está atendiendo su deber de alimentos por ejemplo).

 

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