Si usted se encuentra en la situación de no poder hacer frente a las deudas contraídas, puede usted suspender los pagos a sus acreedores mediante el procedimiento de concurso de acreedores de persona física.
Este trámite además de ser muy útil para las empresas, también lo es para los particulares y autónomos.
El trámite debe iniciarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia. A la solicitud debe acompañarse diversa documentación entre la cual cabe destacar en el presente caso la referente al estado civil del deudor, es decir, si el deudor es persona casada; debe indicar en la memoria la identidad del cónyuge, con expresión del régimen económico del matrimonio: régimen de gananciales, separación de bienes, comunidad o cualquier otro. En este caso la sociedad de gananciales o cualquier otro bien perteneciente a cualquier tipo de comunidad de bienes, se integrará en la masa; pudiendo el cónyuge del concursado solicitar la disolución de la sociedad o comunidad conyugal.
Para las personas físicas, la ley prevé un procedimiento simplificado que reducirá los plazos a la mitad.
Durante la tramitación del concurso de acreedores el deudor persona natural tiene derecho a alimentos con cargo a la masa activa. En caso de intervención su cuantía y periodicidad serán las que acuerde la administración concursal y, en caso de suspensión, las que autorice el juez, oídos el concursado y la administración concursal.
Las consecuencias de la declaración del concurso de acreedores es la paralización de las ejecuciones de garantías reales. Los acreedores no podrán iniciar una ejecución hasta que se apruebe un convenio o transcurra un año desde la declaración del concurso de acreedores sin que se haya procedido a la apertura de liquidación.
Igualmente quedará suspendido el pago de intereses de las deudas ordinarias, pero no de los créditos con garantía real que serán exigibles hasta donde alcance la respectiva garantía.
Si quiere poder hacer frente a sus deudas y evitar problemas judiciales, contáctanos.
Contestar