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  • Con la entrada en vigor de la reforma del código penal, se establece en el articulo 31 bis, que las personas jurídicas quedarán exentas de toda responsabilidad si antes de la comisión de delitos se adoptaron modelos de organización y gestión que contaron con medidas de vigilancia y control para prevenir los delitos. Lo que se conoce como programas de Corporative Compliance o protocolos de prevención penal.